A ver el interruptor limitador de potencia ( ICP) ya no es obligatorio en España, puedes eliminarlo sin ningún problema. Los contadores electrónicos ya vienen con un limitador interno según la potencia contratada.
Otra cosa que puedes hacer pero creo que no te va a compensar, es activar el maxímetro del contador. El maxímetro no te limita la potencia o corriente, pero te penaliza en la factura, es decir si tu tienes contratados 3 kW y consumes 3kW como máximo 3 kW no habría penalización, pero si durante un instante consumes 5 kW, en la factura te vendrá una penalización que depende de la potencia de mas que consumes y el tiempo. Si por ejemplo el tiempo del pico es pequeño y la potencia también, creo que no penaliza pero eso deberías consultarlo con tu compañía, en España está regulado por un Real Decreto.
Por otra parte si la máquina no tiene un ajuste de corriente de arranque, no debería meterte un pico de corriente de arranque, es decir no es un motor que durante el arranque tiene que vencer un par de arranque y necesita mas corriente.
En el taller tenemos un grupo para soldar por puntos pero mas moderno, si quieres compruebo si tiene pico de arranque o no con un watímetro, pero me inclino mas a que la máquina tiene algún problema, comprueba que el fusible de entrada sea el correcto y que no se haya cambiado por uno de un valor mayor ( hay gente que cuando el fusible les salta varias veces deciden cambiarlo por uno de mayor valor para que no salte.....)